TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE VENTA B-NL (Doc UK021213)
1. ACUERDO VINCULANTE
1.1. El vendedor no estará obligado por ningún contrato o acuerdo sin la confirmación y aceptación por escrito del pedido, firmado por el vendedor. El acuerdo de compraventa se regirá por estos términos y condiciones generales y estos últimos prevalecerán sobre todos y cada uno de los términos y condiciones de compra del comprador, incluso si se divulgan o presentan en un momento posterior a los presentes términos y condiciones generales.
1.2. Ninguna cancelación de un pedido aceptado por el vendedor será válida a menos que se realice por escrito y esté sujeta al consentimiento del vendedor por escrito. En tal caso, el comprador deberá ipso jure, sin que se requiera demanda formal, una compensación a tanto alzado por el monto del 10% del valor de la mercancía u obra solicitada.
2. DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA - FECHAS DE ENTREGA
2.1. Los productos se entregarán según lo especificado en la confirmación del pedido.
2.2. El vendedor hará todo lo posible para igualar lo más posible las dimensiones, pesos, cantidades, grados, porcentajes, etc., según lo especificado, dados los márgenes de error generalmente aceptados en cuanto a los márgenes de error que se aplican a los productos en cuestión. Por lo tanto, la diferencia porcentual habitual en materia de entregas permitirá una desviación del 10% por encima o por debajo del peso o la medida indicados para cualquier pedido que supere los 10.000 pces / metro / de 2.000 kg, dependiendo de la unidad de medida aplicable a los bienes, o 20% para cualquier pedido menor.
2.3. Las desviaciones de tamaño, peso, etc. que se encuentren dentro de estas tolerancias generalmente aceptadas no afectarán en modo alguno la validez del acuerdo de compraventa y no le otorgarán al comprador el derecho de reclamar ningún reclamo (por ejemplo, la terminación del acuerdo de compraventa, suspensión del pago, una deducción o descuento sobre el precio de venta, daños, rechazo de la oferta para la entrega) contra el vendedor.
2.4. Los tiempos y las fechas de entrega, como se puede establecer, no son estrictos y no se considerarán una condición esencial del desempeño, y todos y cada uno de los términos de entrega solo se pueden ver como una obligación de medios.
3. Precio
3.1. Los bienes se venden por el precio indicado en la confirmación del pedido, a menos que el vendedor se vea obligado a ajustar el precio según lo indicado a la evolución de sus gastos fijos y / o variables (materias primas, salarios, energía, etc.) , entendiéndose que el vendedor tendrá derecho a cambiar el precio según lo citado, siempre que los motivos de dicho ajuste se aclaren al comprador si este último lo solicita. El nuevo precio será la suma total como se especifica en el cuadro correspondiente de la factura.
3.2. Todos los precios incluyen los costos de transporte hasta el lugar de entrega de los bienes, pero no incluyen el IVA, mientras que no se incluyen los costos, tasas, impuestos especiales o impuestos que puedan ser gravados o gravados con respecto a la exportación o importación de los bienes (a menos que se incluya la factura debe contener una indicación de lo contrario).
4. Entregas
4.1. La entrega de los bienes al comprador se considerará completa a su llegada al lugar de destino, tal como se especifica en la confirmación del pedido.
4.2. El vendedor será responsable del envío de la mercancía hasta el lugar de destino. El comprador será responsable de todos y cada uno de los trámites de exportación y / o importación que, según sea el caso, deben llevarse a cabo en su lugar y todos los costos y gastos de los mismos serán por cuenta del comprador.
4.3. Los riesgos vinculados a los bienes recaerán en el vendedor hasta el momento en que los bienes lleguen a su destino; a partir de ese instante, todos los riesgos pasarán al comprador.
4.4. Corresponde al comprador hacer los arreglos necesarios para la descarga de la mercancía en el lugar de destino y todos los riesgos relacionados con esto serán para el comprador. Dicha descarga de los bienes comenzará inmediatamente después de la llegada al lugar de destino y si el comprador no puede o no quiere cumplir, el vendedor tendrá derecho a descargar los bienes y dejarlos en el sitio a riesgo y gasto del comprador.
4.5. Cualquier oferta de entrega de bienes implica la aceptación de dichos bienes por el comprador que tiene la obligación de verificar e inspeccionar los bienes inmediatamente a su llegada. Como consecuencia, todos y cada uno de los defectos aparentes o bienes no conformes están cubiertos en el momento de su entrega.
5. INSTRUCCIONES DE ALMACENAMIENTO
5.1. La mercancía deberá ser almacenada en su envoltorio original, en un espacio cerrado, de manera que esté protegida en todo momento de los rayos solares.5.2. La película de las paletas que no están completamente agotadas debe protegerse en vista de un uso posterior, preferiblemente utilizando el envoltorio original.
5.3. Siempre que la película de plástico se mantenga en almacenamiento en frío, el producto debe colocarse en un entorno con una temperatura ambiente de 15 ° C o más durante al menos 48 horas antes del procesamiento.
5.4. Todas las películas deben usarse dentro de los 6 meses posteriores a la entrega.
5.5. El vendedor puede proporcionar más instrucciones detalladas, incluso en la marca u otro sitio web para los productos relevantes o a pedido del vendedor. En ausencia de los mismos, el comprador debe adherirse a las buenas prácticas comerciales en cuanto al almacenamiento, uso y mantenimiento de las mercancías pertinentes.
6. Pagos
6.1. A menos que se indique específicamente lo contrario por escrito, el precio del contrato según lo indicado en la confirmación del pedido y de acuerdo con las estipulaciones de estos términos y condiciones generales de venta será pagado por el comprador en efectivo y sin deducción en la oficina central del vendedor al recibirlo. de la factura. Los costos bancarios son por cuenta del comprador. La entrada de la factura en el libro de cuentas por cobrar del vendedor se considerará prueba suficiente e irrefutable del envío y la recepción por parte del comprador de la factura correspondiente, sin perjuicio del derecho del vendedor a utilizar cualquier otro documento u otra evidencia a su disposición. .
6.2. Si el precio del contrato o cualquier saldo restante no se liquida en la fecha de vencimiento de la factura, se deberá pagar una indemnización del 10% del precio del contrato o el saldo pendiente (con un mínimo de 60,00 euros). Además, los intereses de demora se acumularán sobre el precio del contrato impago o el saldo pendiente a la tasa estipulada contractualmente del 12% anual, que se calculará a partir de la fecha de vencimiento de la factura. La compensación antes mencionada y los intereses de incumplimiento estipulados contractualmente se vencerán ipso jure, no se requiere notificación previa, y los intereses se computarán para cada nuevo mes.
6.3. Como resultado de la falta de pago del precio del contrato o cualquier parte del mismo en la fecha de vencimiento de la factura, cualquier saldo adeudado en todas las demás facturas, incluso si aún no ha vencido, se hará efectivo y pagadero a primera demanda y sin previo aviso aviso de incumplimiento.
6.4. La mera circunstancia de que las letras de cambio u otros instrumentos negociables se emitan o acepten de ninguna manera invalida estos términos y condiciones generales de venta y no puede considerarse una variación de los mismos.
6.5. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 4.5 de estos términos y condiciones generales de venta, todas las quejas con respecto a una factura emitida y enviada al comprador deben ser presentadas por escrito por este último, a más tardar 14 días después de la fecha en que Se envió la factura correspondiente. No se considerarán quejas expresadas después de la expiración de este límite de tiempo. Una queja formulada a su debido tiempo no da derecho al comprador a retener el pago.
6.6. No obstante las disposiciones anteriores de esta cláusula y si el vendedor desea ejercer esta opción, el acuerdo se rescindirá ipso jure y sin previo aviso de incumplimiento, mediante un simple aviso dado al comprador y este último se encontrará en incumplimiento / repudio del contrato. : si el comprador no cumple con sus obligaciones en virtud del contrato (por ejemplo, su obligación de comenzar la descarga de los bienes a su llegada a su destino, la obligación de efectuar el pago, ...), si el comprador se declara en quiebra o solicita la composición con sus acreedores, si cae en manos de liquidadores o se encuentra insolvente. En tal caso, el comprador tendrá la obligación de devolver al vendedor los bienes que se le entreguen, a su propio costo, sin perjuicio del derecho del vendedor a reclamar una contraprestación y / o daños adicionales si hay una causa justa.
6.7. Bajo ninguna circunstancia se le permitirá al comprador retener el pago de una factura (o parte de ella) y ninguna queja o reclamo justificará dicha acción, incluso si encuentra fallas en, por ejemplo, la calidad de los productos.
6.8. El vendedor tendrá derecho al monto máximo de la indemnización por litigio prevista por el estatuto si un tribunal de jurisdicción competente ante el cual se inicia una acción legal contra el comprador encuentra a su favor.
7. Reserva de propiedad de la propiedad.
7.1. Los bienes entregados al comprador siguen siendo propiedad única y absoluta del vendedor y la transferencia de propiedad no se finalizará hasta la satisfacción total y final de todos los reclamos y cuentas por cobrar a causa de las entregas hechas por el vendedor al comprador y / o cualquier entrega próxima .
7.2. Todos los reclamos que el comprador pueda tener o haga valer en algún momento futuro con respecto a los bienes entregados y recibidos bajo la cláusula de reserva de título y contra cualquier tercero (incluido, entre otros, un cliente del comprador, un tercero que pueda tener causó daños o destruyó los bienes, una compañía de seguros, ...) revertirá ipso jure al vendedor siempre que el reclamo de este último con respecto al precio del contrato y cualquier imprevisto no haya sido satisfecho. En tal caso, el comprador tendrá además la obligación de informar a su propio deudor de la asignación de la deuda y también presentar al vendedor prueba de dicha notificación. El vendedor también tendrá derecho a notificar al deudor del comprador de la cesión, entendiéndose que dicha notificación en nombre del vendedor de ninguna manera eximirá al comprador de su obligación a este respecto.
8. Responsabilidad
8.1. El vendedor solo puede ser considerado responsable de la compensación en caso de defectos serios y latentes a los productos debido a fallas o fallas en las materias primas o en el proceso de producción, con exclusión de todas las otras causas, y siempre que estas fallas hayan existido. , aunque solo de raíz, en el momento de la formación del acuerdo de compraventa.
8.2. El incumplimiento de las instrucciones de almacenamiento y uso adecuado y / o la transmisión de dichas instrucciones a las personas que necesiten conocerlas eximirá al vendedor de toda responsabilidad.
8.3. En lo que se refiere en particular a los envoltorios vendidos para el beneficio y uso de la industria alimentaria, debe enfatizarse que estos envoltorios solo son adecuados para aquellos productos que han sido objeto de la aprobación expresa y previa del vendedor. Nuestra película impresa "Formifood" ha sido especialmente desarrollada para envasar alimentos congelados. Con los alimentos congelados envasados, la "cadena de frío" debe respetarse en todo momento (para las condiciones de almacenamiento de los alimentos congelados, consulte las instrucciones en su embalaje). La razón de esto es evitar que los alimentos envasados se descongelen porque si lo hacen, las grasas en los alimentos podrían migrar y luego atacar la adhesión entre la tinta y el sustrato. En consecuencia, el vendedor nunca será responsable por los daños o pérdidas resultantes de un uso inadecuado o no conforme de los envoltorios o productos envueltos.
8.4. Utilizamos polímeros, pigmentos y aditivos de calidad para hacer nuestras películas y bolsas. El polietileno es sensible a la degradación de la exposición a los rayos UV. La película y las bolsas se estabilizan a los rayos UV solo bajo pedido especial. Todas las tintas que utilizamos tienen una resistencia a la luz (escala de lana) de 5 a 7. El vendedor no será responsable de la degradación, decoloración o deterioro de la película, decoloración o corrida de la impresión o deterioro del pegamento (por ejemplo, a través de la influencia directa o indirecta del producto empaquetado, las condiciones climáticas o el almacenamiento, etc.).
8.5. Cualquier acción legal dirigida a obtener un fallo judicial contra el vendedor a causa de defectos latentes o una desviación entre los productos facturados y los bienes entregados en realidad debe presentarse antes de que los bienes se usen o procesen y, en cualquier caso, dentro de los 12 meses posteriores a la entrega, entendiéndose que todos los derechos se perderán al vencimiento de este plazo.
8.6. Cualquier obligación de compensación que pueda corresponder al vendedor se limitará, en cualquier caso, a la sustitución, sin cargo, de los bienes que se encuentren defectuosos o no conformes y a su devolución por el comprador; sin embargo, los gastos relacionados con la devolución de bienes defectuosos o no conformes en vista de su reemplazo sin cargo serán a cargo del comprador.
8.7. Los daños consecuentes, como la pérdida de productividad, el tiempo perdido, las ganancias perdidas, el daño o la lesión a terceros, etc., causados por los productos defectuosos o no conformes nunca serán indemnizados por el vendedor.
8.8. Las disposiciones anteriores de esta cláusula permanecerán en pleno vigor, incluso después de la terminación del acuerdo a solicitud o iniciativa de cualquiera de las partes o por cualquier motivo.
9. Garantías
9.1. Si el vendedor pierde su confianza en la capacidad del comprador para cumplir con sus obligaciones financieras o si el vendedor tiene buenas razones para dudar de que las obligaciones contraídas por el comprador se cumplirán a su debido tiempo (dicha situación se encontrará en cualquier caso existir en caso de embargo o ejecución de un archivo adjunto), el comprador deberá proporcionar dicha garantía o valores que el vendedor pueda exigir para garantizar el pleno cumplimiento de sus obligaciones con el vendedor. Dicha garantía nunca será inferior a una garantía bancaria otorgada por una institución bancaria europea de primer nivel. Sin embargo, el vendedor puede aceptar cualquier otra forma de seguridad.
9.2. Si el comprador no cumple con su obligación de proporcionar seguridad adecuada y suficiente, entonces el vendedor tendrá derecho a rescindir el acuerdo de compra-venta ipso jure y sin previo aviso de incumplimiento, por simple aviso al comprador. En tal caso, el comprador tendrá la obligación de devolver al vendedor los bienes que se le entreguen, a su propio costo, sin perjuicio del derecho del vendedor a reclamar una contraprestación y / o daños adicionales si hay una causa justa.
10. Actos de Dios
10.1 Se considerarán, entre otros, actos de Dios: guerra, disturbios, huelgas o cierres patronales, indisponibilidad y / o escasez de materias primas, catástrofes naturales, accidentes y cualquier otra causa fuera del control del vendedor que obstaculice o impida la adquisición. de suministros al vendedor y / o al proceso de producción del vendedor y / o medios de transporte o transporte o las entregas que se realizarán por dichos medios.
10.2 Cualquier acto de Dios que afecte las operaciones del vendedor dará derecho al vendedor, previa mera notificación al comprador, a quedarse y suspender el desempeño de los servicios bajo el contrato por el tiempo que la situación de fuerza mayor persista o rescindir el acuerdo sin ser retenido en esa cuenta a cualquier compensación hacia el comprador si la situación sujeta finalmente hace imposible continuar o reanudar el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato o es tal que dicho rendimiento ya no puede esperarse razonablemente del vendedor.
10.3 Dicha permanencia en el cumplimiento de las obligaciones del vendedor en virtud del contrato nunca conferirá al comprador el derecho de cancelar su pedido, retener el pago o exigir una compensación.
11. Disputas
En el caso de un acuerdo de compra-venta celebrado en Bélgica
11.1 Si surgiera una disputa entre las partes con respecto al acuerdo de compraventa (y específicamente su formación, existencia continua, desempeño, construcción, ...), los tribunales y tribunales de Amberes (siendo, en primer grado procesal: la Justicia de La paz del primer distrito de Amberes o, según el valor del reclamo, el Tribunal Comercial de Amberes) tendrá jurisdicción exclusiva para conocer y resolver el asunto.
11.2 Solo la ley belga, con exclusión de la Convención de Ventas de Viena, será aplicable al acuerdo celebrado por y entre las partes, y con respecto a todos los aspectos del mismo (incluida su formación, existencia continua, desempeño, construcción, etc.). En el caso de un acuerdo de compra-venta celebrado en los Países Bajos
11.3 Si surgiera una disputa entre las partes con respecto al acuerdo de compraventa (y específicamente su formación, existencia continua, desempeño, construcción), los tribunales y tribunales de Zwolle tendrán jurisdicción exclusiva para escuchar y juzgar el asunto.
11.4 Solo la ley holandesa, con exclusión de la Convención de Ventas de Viena, será aplicable al acuerdo celebrado por y entre las partes, y con respecto a todos los aspectos del mismo (incluida su formación, existencia continua, desempeño, construcción, etc.).
12. Nulidad
Si una o varias de las disposiciones de estos términos y condiciones generales de venta resultan ser nulas o inaplicables, esto no afectará en modo alguno la validez de las disposiciones restantes de estos términos y condiciones generales de venta o el acuerdo entre las partes.